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El derecho corporativo, de manera general, se puede definir como el conjunto de leyes, reglas, reglamentos y doctrinas sobre las formas en que operan las corporaciones. Es la rama del derecho que rige a las personas constituidas contractualmente para la promoción de fines comunes, posibles y lícitos mediante el cumplimiento de las respectivas obligaciones de colaboración que contraen los asociados.
Una corporación es una entidad que tiene capacidad por ley de actuar como una persona distinta a sus accionistas o asociados, con capacidad jurídica distinta a las de las personas físicas que la integran, que existe indefinida y separadamente de ellas, y que cuenta con las facultades que sus estatutos y acta constitutiva le otorga. Se trata de una persona jurídica constituida con el propósito de perseguir fines de utilidad pública de la más diversa naturaleza, independientemente de la acción desarrollada por la administración estatal.
Algunos derechos de las sociedades son los siguientes: derecho de libertad de industria y comercio; derecho a la integridad y seguridad corporativa; derecho de libertad de expresión; seguridad jurídica, derecho a la propiedad y al patrimonio; derecho a la protección de datos, secretos industriales y secretos comerciales, entre otros.
El Derecho Corporativo en México no pertenece a una rama específica del derecho. No posee una legislación o codificación propia, llamada por ejemplo Ley de Derecho Corporativo o Código Corporativo. El Derecho Corporativo más bien agrupa otras especialidades o ramas del derecho para regular a las personas morales (sociedades) hacia el interior, en sí mismas, en cuanto a su constitución y a las relaciones entre las personas que las integran; y hacia el exterior, en sus relaciones con el Estado y con otras personas físicas o morales.
